Plusvalía municipal en Toledo 2026: cómo se calcula y cómo presentarla

Plusvalía municipal en Toledo

La plusvalía municipal en Toledo la paga quien vende y se calcula con el valor catastral del suelo de tu vivienda, los años que la has tenido y el tipo que fija el Ayuntamiento (entre el 25,90 % y el 29,88 %, según los años). Tienes 30 días hábiles desde la firma de la escritura para presentarla en el Ayuntamiento de Toledo, y no pagas nada si vendes por menos de lo que te costó. Si heredas la vivienda habitual de tus padres o de tu cónyuge, puedes pedir una bonificación del 95 %. En esta guía te explicamos el cálculo de 2026 con un ejemplo y cómo presentarla paso a paso.

Qué es la plusvalía municipal y quién la paga en Toledo

Es el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). Grava lo que ha subido de valor el suelo sobre el que está tu casa mientras ha sido tuya. Lo regula la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (artículos 104 a 110) y, en la ciudad, la Ordenanza Fiscal nº 2 del Ayuntamiento de Toledo.

  • En una venta, la paga el vendedor. Aunque en el contrato pactéis que la pague el comprador, para el Ayuntamiento el obligado sigue siendo quien vende.
  • En una herencia o una donación, la paga quien recibe la vivienda.
  • Si el vendedor no reside en España, la paga el comprador como sustituto.

Cómo se calcula la plusvalía en Toledo en 2026

Desde la reforma de 2021 hay dos formas de calcularla y pagas por la que te salga más barata. Al presentar la declaración, el Ayuntamiento aplica el método objetivo salvo que pidas expresamente el real y aportes las escrituras.

Método objetivo: valor catastral del suelo × coeficiente × tipo

  1. Valor catastral del suelo: viene en el recibo del IBI o en la Sede Electrónica del Catastro. Es solo la parte del suelo, no el valor catastral total.
  2. Coeficiente por años: depende de los años completos que has tenido la vivienda (tabla de abajo).
  3. Tipo de gravamen: lo fija la ordenanza de Toledo, también según los años.

Valor del suelo × coeficiente = base imponible. Base imponible × tipo = lo que pagas.

Años que has tenido la viviendaCoeficienteTipo en Toledo
Menos de 1 año0,1529,88 %
1 año0,1529,88 %
2 años0,1429,88 %
3 años0,1429,88 %
4 años0,1629,88 %
5 años0,1829,88 %
6 años0,1928,88 %
7 años0,2028,88 %
8 años0,1928,88 %
9 años0,1528,88 %
10 años0,1228,88 %
11 años0,1026,89 %
12 a 15 años0,0926,89 %
16 años0,1025,90 %
17 años0,1325,90 %
18 años0,1725,90 %
19 años0,2325,90 %
20 años o más0,4025,90 %
Coeficientes del artículo 8.4 y tipos del artículo 11 de la Ordenanza Fiscal nº 2 de Toledo. Los coeficientes coinciden con los máximos legales fijados por el Real Decreto-ley 8/2023, que siguen vigentes en 2026.

Solo cuentan los años completos. Si compraste en marzo de 2012 y vendes en noviembre de 2026, son 14 años.

Método real: la ganancia de verdad

Se resta el precio de compra al de venta, según tus escrituras, y a esa ganancia se le aplica el porcentaje que el suelo representa en tu valor catastral. Si el resultado es menor que la base del método objetivo, puedes pedir que se use este. En Toledo hay que solicitarlo con la propia declaración y aportar el título de compra y el de venta; si lo pides después, no se admite.

Ejemplo: cuánto se paga de plusvalía al vender un piso en Toledo

Carmen compró su piso en Santa Teresa en 2012 por 120.000 € y lo vende en noviembre de 2026 por 150.000 €. En su recibo del IBI, el valor catastral es de 90.000 €, de los que 36.000 € corresponden al suelo (un 40 %).

PasoMétodo objetivoMétodo real
Punto de partida36.000 € de suelo150.000 − 120.000 = 30.000 € de ganancia
Ajuste× 0,09 (14 años)× 40 % (peso del suelo)
Base imponible3.240 €12.000 €
Tipo (11 a 15 años)26,89 %26,89 %
A pagar871,24 €3.226,80 €

A Carmen le conviene el método objetivo: paga 871,24 €. Si la hubiera tenido 19 años, con el mismo suelo pagaría 2.144,52 € (36.000 × 0,23 × 25,90 %). Por eso, con los coeficientes actuales, vender entre los 12 y los 15 años suele salir más barato que a los 19 o 20.

Este es solo uno de los gastos de la venta. Si quieres verlos todos juntos, con el IRPF y la notaría, lo tienes en cuánto cuesta vender un piso en Toledo.

Cuándo no hay que pagar plusvalía en Toledo

  • Si vendes por menos de lo que te costó. Si no hay ganancia, no hay impuesto, pero tienes que declararlo y demostrarlo con las escrituras de compra y venta.
  • Si es un reparto en un divorcio o separación entre cónyuges, por sentencia o convenio.
  • Si disolvéis una comunidad de bienes (por ejemplo, entre hermanos que heredan) sin excesos de adjudicación que no se compensen.
  • Si la aportas a la sociedad de gananciales, o en las demás operaciones del artículo 4 de la ordenanza.

Plusvalía en una herencia en Toledo: bonificación del 95 %

Si heredas la vivienda habitual del fallecido y eres su hijo, su padre o madre, su cónyuge o su pareja de hecho inscrita, el Ayuntamiento de Toledo bonifica el 95 % de la cuota (artículo 12 de la ordenanza). Con los números de arriba, en vez de 2.144,52 € pagarías 107,23 €. Las condiciones:

  • Tenía que ser la vivienda habitual del fallecido al morir y durante, al menos, los dos últimos años según el padrón. Se admite que estuviera en una residencia o empadronado en casa de un hijo por dependencia.
  • Hay que pedirla al presentar la declaración, dentro de plazo. No se aplica sola.
  • Tienes que mantener la vivienda cinco años. Si la vendes antes, el Ayuntamiento te reclamará lo bonificado con intereses. Conviene tenerlo en cuenta antes de vender un piso heredado.

La herencia trae además el Impuesto de Sucesiones de Castilla-La Mancha y, a veces, la renta. Esa parte la lleva nuestra asesoría Nuño Jiménez Asesores, y lo que pasa al vender lo explicamos en vender una vivienda heredada.

Plazos para presentar la plusvalía en Toledo

OperaciónPlazoDesde
Venta o donación30 días hábilesLa firma de la escritura
Herencia6 meses, ampliables 6 más si lo pides antes de que venzanLa fecha del fallecimiento

Si te pasas, el Ayuntamiento aplica los recargos por presentación fuera de plazo del artículo 27 de la Ley General Tributaria, que aumentan cuanto más tardes.

Cómo presentar la plusvalía en el Ayuntamiento de Toledo

En la ciudad de Toledo la gestiona el propio Ayuntamiento. Lo obligatorio es presentar la declaración; con ella, el Ayuntamiento te envía la liquidación para pagar. Si prefieres pagar en el momento, puedes pedir en la oficina una autoliquidación asistida.

  1. Calcula antes cuánto te va a salir. La Oficina Virtual Tributaria del Ayuntamiento tiene un simulador de plusvalías.
  2. Reúne los documentos: copia de la escritura de venta (o de la herencia), escritura de compra si vas a pedir el método real o la no sujeción, y el último recibo del IBI.
  3. Preséntala en los Servicios Tributarios, Plaza del Consistorio, 1, con cita previa. Información en los teléfonos 925 33 06 55 y 925 33 06 87, de lunes a viernes de 9 a 14 h.
  4. Paga la liquidación en el plazo que indique.

Si vendes en un pueblo de la provincia, como Olías del Rey, Bargas o Seseña, el trámite no es el del Ayuntamiento de Toledo: en muchos municipios lo gestiona el Organismo Autónomo Provincial de Gestión Tributaria (OAR) de la Diputación, con su propia ordenanza. Consulta siempre la de tu pueblo.

Plusvalía municipal e IRPF: no son lo mismo

Al vender pagas dos impuestos distintos: la plusvalía al Ayuntamiento, por el suelo, y el IRPF a Hacienda, por la ganancia en la renta del año siguiente. Lo que pagues de plusvalía se resta como gasto de la venta al calcular la ganancia del IRPF. Si te interesa cómo lo hacemos en la otra ciudad, tienes la guía de la plusvalía municipal en Aranjuez.

¿Cuánto te quedará limpio al vender tu casa en Toledo?

Te hacemos una valoración gratuita y te calculamos la plusvalía y el resto de gastos con tus números. Si decides vender con nosotros, la comisión es fija: 2.000 € + IVA, con oficina en la Avenida Coronel Baeza, 2.

Si prefieres que alguien calcule y presente la plusvalía por ti, puedes contratarlo con nuestra asesoría inmobiliaria en Toledo.

Preguntas frecuentes

¿Qué porcentaje se paga de plusvalía en Toledo?

El tipo del Ayuntamiento de Toledo va del 29,88 % si has tenido la vivienda hasta 5 años al 25,90 % si la has tenido 16 años o más. Se aplica sobre la base imponible, no sobre el precio de venta.

¿Cuánto tiempo tengo para pagar la plusvalía en Toledo?

30 días hábiles desde la escritura en una venta o donación, y 6 meses desde el fallecimiento en una herencia, ampliables otros 6 si lo pides antes de que venza el plazo.

¿Hay que pagar plusvalía si vendo con pérdidas?

No. Si el precio de venta es menor que el de compra no hay incremento de valor y no se paga, pero hay que presentar la declaración y acreditarlo con las escrituras.

¿Quién paga la plusvalía, el comprador o el vendedor?

En una venta, el vendedor. Se puede pactar otra cosa en el contrato, pero el Ayuntamiento seguirá reclamándosela al vendedor. Solo si el vendedor no reside en España la paga el comprador.

¿Hay bonificación de la plusvalía en una herencia en Toledo?

Sí, del 95 % si heredas la vivienda habitual del fallecido siendo su descendiente, ascendiente, cónyuge o pareja de hecho inscrita. Hay que pedirla en plazo y mantener la vivienda cinco años.

¿Dónde veo el valor catastral del suelo de mi piso?

En el recibo del IBI, que separa el valor del suelo y el de la construcción, o en la Sede Electrónica del Catastro con certificado digital o Cl@ve.

Fuentes consultadas (03/11/2026)

Nuño Jiménez Inmobiliaria

Equipo de Nuño Jiménez Inmobiliaria

Inmobiliaria en Aranjuez y Toledo con comisión fija, parte de Nuño Jiménez Asesores. Los temas legales y fiscales los revisan nuestros abogados y asesores. Actualizado el 3 de noviembre de 2026.

Quiénes somos · Preguntas frecuentes

¿Vas a vender tu casa?

Vendemos en Aranjuez y Toledo por una comisión fija de 2.000 € + IVA.

Únete a la discusión